Información general, no asesoramiento legal. La legislación societaria chipriota, las tasas oficiales y las normas fiscales cambian, y los detalles que siguen pueden depender de tus circunstancias concretas (residencia, estructura de propiedad, actividad). Confirma todo con un abogado colegiado en Chipre antes de actuar. Esta guía se ha elaborado en colaboración con Valerkou Law, un despacho de abogados chipriota cuya práctica incluye derecho societario y constitución de empresas, inmigración y residencia.
Nota sobre los costes: las tasas oficiales y los honorarios profesionales cambian con frecuencia, y cada constitución es distinta: cualquier cifra que encuentres en internet (incluidas las que se hayan citado antes aquí) puede estar desactualizada o ser inexacta para tu caso. Para obtener costes actuales y específicos para tu caso, solicita una consulta con Andria Valerkou Law (teléfono/WhatsApp +357 99965006).
Registrar una empresa en Chipre es, dentro de la UE, de los trámites de constitución más sencillos. Sin embargo, si eres extranjero hay un matiz legal importante: por lo general no puedes presentar tú mismo la constitución. Los documentos principales deben prepararlos y firmarlos un abogado admitido en el Colegio de Abogados de Chipre. Así que la verdadera pregunta no es «¿puedo hacerlo yo mismo en una tarde por internet?», sino «¿qué le estoy pagando exactamente a un abogado chipriota o a un proveedor de servicios corporativos, y qué debo comprobar antes de encargárselo?». Esta guía responde a esa pregunta.
¿Qué tipo de sociedad te conviene constituir si eres extranjero?
Para casi todo el mundo, la respuesta es una sociedad limitada privada por acciones, una «Ltd.». Es el vehículo por defecto para sociedades mercantiles, holdings y estructuras unipersonales de consultoría. Ofrece responsabilidad limitada, permite una propiedad extranjera del 100% (no se exige ningún accionista chipriota) y tanto los accionistas como los administradores pueden ser no residentes o personas jurídicas extranjeras. Existen sociedades anónimas, sociedades colectivas y sucursales de empresas extranjeras, pero resuelven problemas más específicos; salvo que un profesional te haya dicho lo contrario, lo que te conviene es la Ltd.
- Accionistas y administradores. Una sociedad limitada necesita al menos un accionista y al menos un administrador. Por motivos fiscales (ver más abajo), importa dónde residen tus administradores: la residencia fiscal chipriota de la sociedad suele seguir el lugar donde se la «gestiona y controla». En la práctica, eso supone contar con una mayoría de administradores residentes en Chipre y celebrar en la isla las reuniones del consejo.
- Secretario de la sociedad y domicilio social. Ambos son obligatorios para una Ltd. chipriota (detalles en sus propios apartados más abajo).
Paso 1 — Aprobar el nombre de la sociedad
Antes de nada, el nombre propuesto debe contar con la aprobación del Departamento del Registrador de Sociedades y Propiedad Intelectual (DRCIP). Se presenta una solicitud de aprobación de nombre y el Registrador comprueba que no sea idéntico o demasiado parecido a uno ya existente, ni esté prohibido por otro motivo.
- Tasa oficial: el Registrador cobra una tasa de presentación por cada solicitud de nombre, con un importe mayor para el procedimiento acelerado (επίσπευση) que utiliza la mayoría de los solicitantes. Las tasas se revisan periódicamente, así que consulta el calendario vigente del Registrador en lugar de presupuestar con cifras de artículos antiguos.
- Plazos: lo normal son 3–5 días laborables para una solicitud estándar.
- Una vez aprobado, el nombre suele quedar reservado durante seis meses, periodo en el que debes completar la constitución.
Consejo práctico: presenta dos o tres opciones de nombre. Los rechazos por similitud son el retraso inicial más frecuente, y tener una segunda opción ya en el expediente evita otro viaje de ida y vuelta.
Paso 2 — Preparar los documentos de constitución (la parte del abogado)
Este es el paso que obliga legalmente a contar con un abogado chipriota. Los documentos constitucionales de la sociedad —el Memorandum and Articles of Association (M&A)— junto con la declaración HE1 deben prepararlos y firmarlos un abogado colegiado en el Colegio de Abogados de Chipre. No se trata de una frase comercial del proveedor de servicios: así funciona la Ley de Sociedades, y es la razón principal por la que los extranjeros contratan un despacho en lugar de presentar la constitución por su cuenta.
El expediente de constitución que espera el Registrador:
- Memorandum & Articles of Association — el objeto social y el reglamento interno de la sociedad.
- Formulario HE1 — la declaración de cumplimiento del abogado.
- Formulario HE2 — la dirección del domicilio social.
- Formulario HE3 — los datos de los primeros administradores y del secretario.
- Documentos de identificación y de debida diligencia de todos los accionistas, administradores, secretario y titulares reales (pasaporte, justificante de domicilio y los formularios KYC del despacho). Los accionistas extranjeros deben esperar un KYC exhaustivo: es cumplimiento contra el blanqueo de capitales, no fricción burocrática.
Paso 3 — Presentar la documentación ante el Registrador y obtener el Certificado de Constitución
Tu abogado presenta el M&A y los formularios HE ante el DRCIP.
- Tasa oficial de constitución: se paga junto con los formularios de constitución (HE1/HE2/HE3, etc.); el importe vigente figura en el calendario de tasas del Registrador.
- Plazos: la revisión de la constitución suele tardar unos 5–10 días laborables después de la presentación; de forma realista, calcula unas semanas de principio a fin incluyendo la aprobación del nombre y la preparación de documentos.
Cuando se aprueba, el Registrador emite el Certificado de Constitución, junto con copias certificadas del M&A y los certificados de administradores/secretario, domicilio social y accionistas. Esos certificados son lo que pedirán los bancos y las contrapartes.
Lo que cuesta realmente: las tasas oficiales no son toda la factura
Ten clara la estructura de costes. Las tasas de presentación del Registrador son sólo los cargos oficiales —no son el coste de constituir la sociedad—. Como el Memorandum & Articles y la declaración HE1 deben prepararlos y firmarlos un abogado colegiado en Chipre (ver Paso 2), los honorarios profesionales son una partida aparte, y mucho mayor, que varía según la complejidad del Memorandum & Articles, la estructura del capital social, el número de accionistas y administradores y cualquier cláusula a medida. En esta guía deliberadamente no citamos importes: las tasas oficiales cambian con frecuencia y cada constitución es distinta, así que considera obsoleta de entrada cualquier cifra que leas en internet. Consulta el calendario de tasas publicado por el Registrador para la parte oficial y pide a tu abogado un presupuesto escrito con todo incluido para tu caso.
Por tanto, al presupuestar, basa tus números en el presupuesto escrito de tu abogado más el calendario vigente del Registrador, y no en cifras recordadas. Los costes recurrentes —domicilio social, secretario societario, canon anual y declaración anual, contabilidad y auditoría— son aparte y se repiten cada año.
El domicilio social y el secretario de la sociedad
Estos dos requisitos suelen hacer tropezar a los fundadores extranjeros que se estrenan, porque no son opcionales.
- Domicilio social: toda sociedad chipriota debe tener una dirección física registrada en Chipre donde se practiquen las notificaciones legales —no un apartado de correos—. Si no dispones de local en Chipre, tu despacho o proveedor de servicios corporativos te facilita una dirección de domicilio social como parte de su paquete.
- Secretario de la sociedad: una Ltd. chipriota debe nombrar a un secretario, que en la práctica debería residir habitualmente en Chipre y asume funciones legales reales (declaraciones anuales, registros legales, mantener informado al Registrador). En el caso concreto de una sociedad unipersonal con un solo administrador, esa misma persona puede actuar también como secretario; en caso contrario necesitas un secretario distinto, y la mayoría de los extranjeros recurren al secretario societario del despacho.
Capital social: ¿cuánto necesitas en realidad?
Toda sociedad limitada tiene un capital social autorizado (un techo) y un capital social emitido (el realmente suscrito). Para una sociedad limitada privada por acciones no existe mínimo legal, de modo que el importe es sobre todo una cuestión de convención y de lo que a los bancos les gusta ver. Una configuración habitual es un nominal autorizado de €1,000, con un número reducido de acciones emitidas a €1 cada una.
No hace falta depositar una suma grande para constituirla; que nadie te diga que una Ltd. chipriota exige un capital desembolsado elevado.
El registro de titulares reales (UBO)
Chipre mantiene un Registro de Titulares Reales obligatorio en el DRCIP. Toda sociedad y entidad jurídica debe identificar y declarar a sus titulares reales últimos —en términos generales, las personas físicas que en última instancia poseen o controlan la sociedad (el umbral habitual es más del 25% de propiedad o control)—.
Lo que deben saber los extranjeros:
- Declarar los datos de los titulares reales es parte del cumplimiento de la constitución, no un extra opcional; tu despacho lo tramita, pero tú debes aportar información fidedigna sobre la propiedad.
- Existe un plazo anual de confirmación, del 1 de octubre al 31 de diciembre, en el que cada entidad reconfirma que sus datos UBO siguen siendo correctos.
- Las sanciones por incumplimiento se revisaron a finales de 2024: en líneas generales, una multa inicial reducida y multas diarias reducidas con un límite global más bajo, y el Registrador puede dar de baja a las entidades persistentemente incumplidoras.
Impuestos: el tipo del 12.5% y qué cambió la reforma de 2026
Chipre se labró su reputación con un tipo del impuesto de sociedades del 12.5%, durante años uno de los más bajos de la UE. A partir del 1 de enero de 2026, una reforma fiscal subió el tipo al 15%, alineando a Chipre con el estándar de tipo mínimo global de la OCDE/UE. Así que si lees una guía más antigua que cite el 12.5%, ten en cuenta que el tipo general ha cambiado.
La reforma no es simplemente «subió el impuesto». Varios cambios van en sentido contrario y son importantes para los propietarios que gestionan:
- La Contribución Especial para la Defensa (SDC, por sus siglas en inglés) sobre los dividendos de personas físicas residentes fiscales en Chipre y domiciliadas se redujo del 17% al 5% sobre los beneficios obtenidos a partir del 1 de enero de 2026.
- Las normas de distribución presunta de dividendos sobre los beneficios posteriores a 2026 fueron suprimidas.
- El periodo de compensación de pérdidas fiscales se amplió de cinco a siete años.
El punto del domicilio es el puente hacia la tributación personal. Si te trasladas a Chipre y reúnes los requisitos de residente no domiciliado, los dividendos que retires pueden tributar de forma muy ligera a nivel personal, razón por la cual tantos fundadores extranjeros combinan una sociedad chipriota con la residencia fiscal personal aquí. Tratamos los mecanismos de residencia por separado en nuestra guía sobre la regla de los 60 días en Chipre y la residencia fiscal no domiciliada.
Registro del IVA
El impuesto de sociedades y el IVA son registros distintos. Una sociedad nueva debe registrarse a efectos del IVA cuando su volumen de negocios imponible supere el umbral obligatorio de €15,600 en cualquier periodo continuado de 12 meses (o cuando prevea superarlo en los 30 días siguientes), y debe registrarse en un plazo de 30 días desde que surge la obligación. El tipo general del IVA es del 19%.
Dos cosas que los fundadores suelen pasar por alto:
- Existen otros supuestos independientes del volumen de negocios, en particular las adquisiciones intracomunitarias por encima de su propio umbral y la recepción de servicios B2B desde el extranjero (sin umbral). Si compras servicios a proveedores extranjeros, puede que tengas que registrarte incluso con ventas bajas.
- El registro voluntario por debajo del umbral está permitido y a menudo merece la pena, porque permite deducir el IVA soportado en los gastos de puesta en marcha antes de que empiecen los ingresos.
¿Cuánto tarda todo el proceso?
Para una solicitud limpia y bien documentada: aprobación del nombre en unos 3–5 días laborables, constitución en unos 5–10 días laborables tras la presentación, y después los registros posteriores (Departamento de Impuestos/NIF, UBO e IVA si procede). Una estimación realista de principio a fin para un extranjero que aporte un buen KYC con rapidez es de dos a cuatro semanas. Los retrasos casi siempre vienen de rechazos del nombre o de documentos de debida diligencia lentos, no del Registrador.
¿Necesitas que lo hagan por ti?
Dado que el Memorandum, los Estatutos y el HE1 deben prepararlos y firmarlos un abogado colegiado en Chipre, la mayoría de los extranjeros no pueden —y en gran medida no deberían— hacerlo por su cuenta. Un despacho de abogados chipriota se encarga de toda la cadena: reserva del nombre, redacción del M&A, presentación de los formularios HE, suministro de domicilio social y secretario societario, presentación del registro UBO y orientación sobre los registros fiscales y de IVA. Valerkou Law —un despacho chipriota cuya práctica abarca el derecho societario y la constitución de empresas junto con inmigración y residencia— está preparado para llevar exactamente este proceso, incluida la parte de traslado y residencia no domiciliada si te mudas a Chipre. Considera esta guía como el mapa; un despacho colegiado es quien conduce.
Antes de contratar a nadie, una regla: pide el coste total por adelantado. El precio con todo incluido depende del despacho que elijas y de tu estructura; las tasas de presentación oficiales son la parte pequeña, y los honorarios profesionales son el coste real. Pide a cualquier despacho —incluido Valerkou Law— un presupuesto escrito completo que desglose los honorarios profesionales, las tasas oficiales y los costes anuales recurrentes (domicilio social, secretario, canon anual y declaración anual, contabilidad/auditoría) antes de aceptar seguir adelante. Una respuesta clara a esa pregunta ya es buena señal; en la factura no debería haber sorpresas.
Preguntas frecuentes
- ¿Puede un extranjero poseer el 100% de una sociedad chipriota?
- Sí. Una sociedad limitada privada chipriota puede ser propiedad total de personas físicas extranjeras o de sociedades extranjeras: no hay requisito de accionista chipriota y los no residentes también pueden ser administradores. VERIFY: confirma con un abogado chipriota que no existe ninguna restricción aplicable a tu actividad o nacionalidad concretas.
- ¿Necesito un abogado chipriota para registrar la sociedad?
- En la práctica, sí. El Memorandum and Articles of Association y la declaración HE1 deben prepararlos y firmarlos un abogado admitido en el Colegio de Abogados de Chipre. Por eso, los extranjeros contratan a un despacho de abogados chipriota o a un proveedor de servicios corporativos autorizado para constituir la sociedad en lugar de presentarlo por su cuenta.
- ¿Cuál es el tipo del impuesto de sociedades en Chipre en 2026?
- El histórico tipo del impuesto de sociedades chipriota del 12.5% subió al 15% a partir del 1 de enero de 2026, en virtud de una reforma fiscal que lo alinea con el tipo mínimo global de la OCDE/UE. Los cambios compensatorios redujeron la Contribución Especial para la Defensa sobre los dividendos del 17% al 5%, suprimieron la distribución presunta de dividendos sobre los beneficios posteriores a 2026 y ampliaron de cinco a siete años la compensación de pérdidas fiscales. VERIFY: confirma las cifras promulgadas con el Departamento de Impuestos o un asesor fiscal.
- ¿Cuánto se tarda en registrar una sociedad en Chipre?
- Calcula de dos a cuatro semanas de principio a fin para una solicitud bien documentada: unos 3–5 días laborables para la aprobación del nombre, unos 5–10 días laborables para la constitución tras la presentación, más los registros posteriores de impuestos, UBO e IVA. Los retrasos suelen deberse a rechazos del nombre o a un KYC lento, no al Registrador.